Aprobado inicialmente en 2020 y en 2021, está legitimado por la Sentencia 229/2015 del Tribunal Constitucional, de 02.11.2015, que deroga parcialmente el Art. 16.2 de la Ley 8/1997, de 8 de julio, de Colegios Profesionales de Castilla y León, que eximía de la colegiación a los arquitectos que prestaban servicios en la Administración Pública, en calidad de funcionarios o como personal contratado.
