Estatuto COAL. Disposición Final
El presente Estatuto Particular entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León.
Read MoreEl presente Estatuto Particular entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León.
Read MoreQueda derogado el Estatuto Particular del Colegio Oficial de Arquitectos de León (Publicado en B.O.C.y L. nº 49 de fecha 12 de marzo de 2003).
Read MorePrimeras elecciones Excepcionalmente, los cargos de la Junta de Gobierno elegidos en las primeras renovaciones parciales subsiguientes a la entrada en vigor de este Estatuto…
Read MoreArtículo 86.- Normativa aplicable. 1.- Salvo en cuestiones civiles, penales y laborales que quedan sometidas a su específico régimen jurídico, la actuación del COAL como…
Read MoreSección Primera POTESTAD DISCIPLINARIA Artículo 65.- Ámbito y competencia. 1.- Los Arquitectos y las Sociedades Profesionales de Arquitectos que vulneren, en su ámbito territorial, las disposiciones…
Read MoreArtículo 59.- Recursos económicos: definición y asignación. 1.- Los recursos o ingresos del COAL son ordinarios y extraordinarios. 2.- Son recursos o ingresos ordinarios de…
Read MoreArtículo 55.- Elecciones. 1.- Todos los cargos de la Junta de Gobierno y de las Juntas Directivas de Delegación serán elegidos por sufragio de los…
Read MoreArtículo 53.- Agrupaciones de Arquitectos. En su ámbito territorial, el COAL fomentará la creación de Agrupaciones de Arquitectos por razón de las formas o especialidades…
Read MoreArtículo 45.- Las Juntas de Delegación: definición. Las Juntas de Delegación son órganos de expresión de la voluntad colegial compuestos por la totalidad de los…
Read MoreArtículo 26.- Estructura. Para cumplir sus fines y funciones, el Gobierno y Administración del COAL adopta la siguiente estructura: 1.- Una Organización General que garantiza…
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